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A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2018 SE PROHÍBE LA ENTREGA GRATUITA A LOS CONSUMIDORES DE LAS BOLSAS DE PLÁSTICO
JUN 2018

A partir del 1 de julio, los comerciantes están obligados a cobrar las bolsas de plástico que dan a los consumidores, exceptuando determinados supuestos

A partir del 1 de julio de 2018 está PROHIBIDA la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, por lo que los comerciantes deben cobrar un precio por cada bolsa de plástico que entreguen. Quedan exceptuadas de ese cobro; las bolsas de plástico muy ligeras, es decir, las bolsas de menos de 15 micras y las las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado. Para más información pinche AQUÍ.

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, con el objetivo de reducir el consumo de bolsas de plástico ligeras en España, trasponiendo al ordenamiento español la Directiva comunitaria, y crear un registro para obtener información sobre las bolsas de plástico puestas en el mercado en nuestro país.

Este Real Decreto es un primer paso para liberar nuestra naturaleza de los residuos plásticos y sensibilizar a los consumidores de la importancia de reducir el consumo de bolsas de plástico, contemplando la adopción de distintas medidas en una normativa ambiciosa en sus objetivos que convierte a España en uno de los tres países europeos (junto a Francia e Italia) en que se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras (salvo las compostables), y que hace de nuestro país el único de la UE que establece un contenido mínimo de plástico reciclado para las bolsas gruesas (más de 50 micras), una señal clara para incorporar el plástico reciclado, en la línea de los principios de la economía circular.

Además, desde el 1 de enero de 2021 se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras. Se exceptúan las bolsas compostables, acompasando así la obligatoriedad de que las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras sean sólo compostables con la plena implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales.

CAMPAÑA INFORMATIVA

El Ministerio ha puesto a disposición de los comerciantes que quieran emplearlo un cartel para informar a los consumidores de las nuevas obligaciones que impone el REAL DECRETO 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores. 

Para descargar el cartel pinche AQUÍ.

 

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La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos, ni expectativas, ni vinculación en el procedimiento al que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas. La AFIC de la Concejalía del Área Comercio y Mercados del Excmo. Ayuntamiento de Elda desea que esta información sea de su utilidad.

 

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