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CAMPAÑA BONO-DESCUENTO ELDA RENACE
SEP 2021

El Ayuntamiento de Elda pone en marcha un sistema de bonos descuento que se podrán utilizar en las compras realizadas en el comercio local

 

CAMPAÑA BONO-DESCUENTO ELDA RENACE

 

CONCEPTOS GENERALES

  1. Toda persona mayor de 16 años empadronada en Elda podrá descargarse de forma gratuita hasta un máximo de 5 bonos por valor de 10 euros cada uno, hay un total de 7.500 bonos.
  2. Estos bonos los pueden utilizar en comercios adheridos a esta campaña.
  3. Cada bono por valor de 10 euros se puede utilizar como descuento en compras iguales o superiores a 30 euros, en los comercios y servicios adheridos a esta campaña, de modo que 10 euros del total se pagan con el bono y el resto lo paga el cliente. El ahorro de cada compra de 30 euros o superior son 10 euros.Sólo se puede utilizar un bono en cada compra.
  4. La utilización de bonos como parte del pago se podrá realizar desde su puesta a disposición y hasta el 20 de noviembre de 2021.
  5. El plazo máximo de justificación para los establecimientos recibir el pago de los bonos será hasta el día 6 de diciembre de 2021, pudiendo realizarse justificaciones parciales.

QUÉ COMERCIOS PUEDEN ADHERIRSE:

Personas físicas o jurídicas independientemente de su forma de constitución, que realicen una actividad comercial o de servicios en el municipio de Elda y cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener el domicilio fiscal y en su caso, el local afecto a la actividad económica, en el municipio de Elda.
  • Estar en situación de alta en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social.
  • No ser filial de grandes firmas, franquicias o empresas de implantación nacional e internacional con más de 10 trabajadores.
  • No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con la Hacienda local.
  • La actividad económica que realice se encuentre entre las que aparecen en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) recogidos en los anexos de las bases.

PROCEDIMIENTO:

  • Los establecimientos participantes en la campaña deberán solicitar su adhesión al Ayuntamiento a través de la solicitud publicada en la web del Ayuntamiento y, una vez admitidos, tendrán que inscribirse a través de un formulario previamente habilitado en la página web de la campaña, cuyo enlace se encontrará disponible en la página web del Ayuntamiento, en el que deberán cumplimentar los datos necesarios.
  • Los bonos podrán ser descargados por los consumidores a través de la página web de la campaña cuyo enlace se encontrará disponible en la página web del Ayuntamiento. Los consumidores deberán ser mayores de 16 años y estar empadronados en Elda.
  • Una vez finalizado el plazo el comerciante deberá justificar los bonos canjeados a efectos de que le sean abonados la totalidad de los mismos por parte del Ayuntamiento, la información podrá ser obtenida a través de la página web de la campaña.
  • El comerciante deberá colocar el material publicitario de la campaña en un lugar visible del establecimiento. Igualmente deberá verificar en el momento de la venta, el bono, bien descargado en un dispositivo móvil o impreso junto con el DNI/NIE del cliente para comprobar que el bono está asociado a ese DNI/NIE, con el fin de acreditar la edad y la vecindad en Elda.

NOTAS A DESTACAR:

  • El Ayuntamiento de Elda no se responsabilizará de aquellos bonos no verificados con el DNI/NIE en el instante de la venta.
  • El canje del bono será compatible con el periodo de rebajas, siempre que el importe final de la venta sea igual o superior a 30 euros una vez aplicada la rebaja.
  • En el caso de devoluciones de productos adquiridos con bono descuento, no se procederá al reintegro del importe en metálicos, sino que se deberá entregar un vale a canjear para futuras compras.

INFORMACIÓN Y CONTACTO

  1. BASES REGULADORAS DE LA CAMPAÑA PUBLICADAS EN EL BOP DE FECHA 28/09/2021

  2. DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:

  1. TELÉFONO: 96.698.92.13

 

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La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos, ni expectativas, ni vinculación en el procedimiento al que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.

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