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AJUDES EN MATÈRIA DE COMERÇ I ARTESANIA PER A l'EXERCICI 2022 - 2
JUN 2022

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, ha publicado convocatoria de de ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía para el ejercicio 2022 (DOGV 9366 / 21.06.2022). Entre otras se convocan las siguientes líneas:

PYMES COMERCIALES

  • Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme comercial para el ejercicio 2022 (CMMOPY). Comercio.

Las ayudas deberán ir destinadas a financiar las inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para establecimientos comerciales de la Comunitat Valenciana.

Que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:
- CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
- IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera División 6, Agrupaciones:
. Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5
. Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655

En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.

1. Se considerarán susceptibles de recibir apoyo las inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.

2. Estas inversiones se pueden destinar a equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc. Sólo se subvencionarán las obras realizadas en la zona de venta del establecimiento.

3. La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda podrá alcanzar el 75% de la inversión, con el límite de 40.000 euros por establecimiento en un período de tres años.

4. De acuerdo con el resuelvo octavo de la Resolución de convocatoria, EN EL EJERCICIO 2022 se consideran apoyables las actuaciones realizadas DESDE EL 1 DE ENERO DE 2022 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2022.

El plazo de presentación de solicitudes será DESDE EL día 23 DE JUNIO DE 2022 HASTA EL día 8 DE JULIO DE 2022, ambos inclusive

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  • Ayudas a personas y pymes artesanas para apoyar la modernización y la mejora del equipamiento para el ejercicio y desarrollo de los oficios artesanos, para el ejercicio 2022 (CMIART). Artesanía.

Ayudas a personas y pymes artesanas para apoyar la modernización y la mejora del equipamiento para el ejercicio y desarrollo de los oficios artesanos, previstas en el artículo 18.4, capítulo I, título II, de la Orden 22/2018, de 22 de noviembre, de bases reguladoras.

De acuerdo con el resuelvo octavo de la Resolución de convocatoria, en el ejercicio 2022 se consideran apoyables las actuaciones antes indicadas realizadas en la Comunitat Valenciana desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 d'octubre de 2022.

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:

1. Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, incluidas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

* IMPORTANTE: en el caso de solicitar la ayuda las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, NO podrán pedir al mismo tiempo ayuda los socios, comuneros o integrantes de estas agrupaciones.

2. Que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA), debidamente actualizado y expedido por la Generalitat Valenciana, o de documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.

La inversión aprobada en equipamiento para el ejercicio y desarrollo de los oficios artesanos no puede ser inferior a 2.000 euros.

- La ayuda podrá alcanzar hasta el 75% de la inversión con un límite de 30.000 euros por establecimiento o taller al que esté vinculado la actividad, en un plazo de 3 años.

- Con carácter general, debe tenerse, además, en consideración lo dispuesto en el artículo 4 (subcontratación, IVA, gastos, etc.) y el artículo 17.2 de la Orden 22/2018
4. De acuerdo con el resuelvo octavo de la Resolución de convocatoria, EN EL EJERCICIO 2022 se consideran apoyables las actuaciones realizadas DESDE EL 1 DE ENERO DE 2022 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2022.

El plazo de presentación de solicitudes será DESDE EL día 23 DE JUNIO DE 2022 HASTA EL día 8 DE JULIO DE 2022, ambos inclusive

Más información pinchando AQUÍ

MÁS INFORMACIÓN

Ver ORDEN 5/2022, de 1 de junio (modifica la Orden 22/2018)

Ver Resolución de 16 de junio de 2022 (CONVOCATORIA)

Ver Extracto de la Resolución de 16 de junio de 2022

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