Con fecha 24 de junio de 2013 se publicó en el DOCV la Orden 21/2013 de 14 de junio de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan las ayudas Comerç Innova, Continuïtat Empresarial y Artesanía para el ejercicio 2013, destinadas a incrementar la competitividad, la innovación y la calidad de las pymes.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 9 de julio de 2013.
- PROGRAMA COMERÇ INNOVA
Ayudas destinadas a financiar inversiones en los establecimientos comerciales preexistentes (mínimo 1 año) o en nuevos por ampliación de empresa comercial preexistente.
Acciones
- A. Innovación Comercial: será apoyable la realización de las inversiones ligadas al proyecto europeo LIFE+Green Comerce o de otras auditorías o estudios de diagnóstico de punto de venta, diagnósticos de innovación del punto de venta o auditorías de innovación. La inversión mínima apoyable no podrá ser inferior a 1.000€.
- B. Modernización del establecimiento: será apoyable la adquisición de equipamiento para el establecimiento comercial en, al menos una de las siguientes materias, siempre que la inversión mínima apoyable no sea inferior a 3.000€:
- exposición, almacenamiento y venta del producto.
- señalización e identificación del establecimiento.
- informática para la implantación de sistemas de información, gestión y comunicación. También es apoyable la creación de páginas web con pasarela de pago y se excluyen los programas y aplicaciones.
- sistemas de seguridad.
- accesibilidad.
- ahorro energético.
- tratamiento de residuos.
El límite de subvención a conceder por establecimiento será de 15.000€ para el apartado B y de 3.000€ para el apartado A.
- PROGRAMA CONTINUÏTAT EMPRESARIAL
Ayudas destinadas a financiar los gastos corrientes derivados del mantenimiento o de la implantación de la actividad comercial en un mismo local por un nuevo titular, con motivo del cese en la actividad empresarial de su anterior titular en el periodo entre 1 enero 2011 y 31 de diciembre de 2012.
En el momento de presentar la solicitud en el local en el que se vaya a desarrollar la actividad deberá ejercerse actividad económica o bien acreditar que previamente se ejerció durante al menos 2 años, habiendo cesado la misma a partir de enero 2011.
Acciones: gastos apoyables:
- estudios de viabilidad y factibilidad comercial.
- Gastos de gestoría, notaría y registro necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad.
- Gastos de traspaso, únicamente del local, satisfechos al anterior titular.
- Gastos de alquiler de local devengados desde el 1 enero hasta 30 septiembre.
El límite de subvención a conceder será de 4.000€, sin que los gastos de alquiler superen los 2.000€.